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Bolivia

Firma electrónica simple

LA FIRMA ELECTRONICA EN BOLVIA ESTA REGULADO POR LA LEY Nº 164 LEY DE 8 DE AGOSTO DE 2011 - LEY GENERAL DE TELECOMUNICACIONES, TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN; En Bolivia, la legislación sobre la firma electrónica distingue dos categorías de firmas, que se requieren según el tipo de documentos a firmar, su valor probatorio y la seguridad empleada en su creación y uso: Firma Electrónica Simple (FES): Esta es una firma que permite al receptor de un documento electrónico identificar, al menos formalmente, a su autor. Se puede utilizar en la emisión de varios documentos, como contratos consensuales, acuerdos o poderes simples. Principalmente, se utiliza en documentos que no se consideran “instrumentos públicos”; Firma Electrónica Avanzada (FEA): Esta es una firma electrónica certificada por un proveedor acreditado, que asegura la integridad del documento electrónico firmado y la identidad del firmante. Requisitos para la firma electronica; La identidad del firmante. Su consentimiento al documento, Que asocie su consentimiento a un texto específico, Una evidencia de que el firmante ha participado voluntariamente.